jueves, 17 de diciembre de 2020

PREÁMBULO DE LA LOMLOE

 

17/12/20

A lo largo de la historia de la educación, se han ido produciendo cambios en cuanto a leyes se refiere. Estos cambios también conllevan la modificación de las bases establecidas en cada ley. Pero todas ellas tienen el mismo objetivo: conseguir una educación de calidad y la formación completa del alumno.
 
Como se menciona en el texto, según el Congreso de los Diputados (2020) “las sociedades actuales conceden gran importancia a la educación que reciben sus jóvenes, en la convicción de que de ella dependen tanto el bienestar individual como el colectivo” (p. 4), la educación nos conduce al bienestar no solo individual, también colectivo. Conseguir una completa educación de calidad hará que el individuo consiga mayor bienestar y por consiguiente la sociedad también.

Pero, como se mencionó anteriormente, uno de los objetivos principales es conseguir una educación de calidad. Esta educación no se podrá garantizar individualmente, ni sin el compromiso de la comunidad educativa y del conjunto de la sociedad. Según el Congreso de los Diputados (2020) “para garantizar una educación de calidad para todos los ciudadanos es imprescindible el compromiso de todos los componentes de la comunidad educativa y del conjunto de la sociedad” (p. 5).

Uno de los pilares fundamentales de todas las leyes que han ido pasando a lo largo de la historia, es la importancia de los derechos humanos, incluyendo el derecho a la educación. Todos tenemos los mismos derechos y oportunidades de poder disponer de una educación de calidad, y el Estado debe asegurar el cumplimiento efectivo de los derechos. El Congreso de los Diputados (2020) afirmaba que:

La Ley incluye el enfoque de derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), reconociendo el interés superior del menor, su derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos (p. 6).

Todos estos aspectos llegan a la siguiente finalidad: formación de la población, mejora de los resultados educativos y satisfacer la demanda de la población de una educación de calidad para todos. El Congreso de los Diputados (2020) afirmaba que:

La finalidad de esta Ley no es otra que establecer un renovado ordenamiento legal que aumente las oportunidades educativas y formativas de toda la población, que contribuya a la mejora de los resultados educativos del alumnado, y satisfaga la demanda generalizada en la sociedad española de una educación de calidad para todos.

Documento analizado: https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:f19685f1-0260-4926-b043-768d82ed09e0/bocg-d-14-113-983-senado.pdf

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